ARMA: el Análisis Medioambiental que debes realizar si produces residuos peligrosos

24 mar 2023 Inspección Industrial

¿Qué es un ARMA?

El Análisis de Riesgos Medioambientales (ARMA) es un requerimiento legal que surge de la Ley 26/2007, de 23 de octubre , de Responsabilidad Ambiental, donde se estipula que aquellos operadores a los que haga referencia, tendrán que disponer de una garantía financiera que los permite hacer frente a la responsabilidad ambiental inherente a su actividad.
El objetivo del ARMA es, así pues, calcular la cuantía de la garantía financiera de la que ha de disponer la actividad, así como la obligatoriedad de disponer de la misma, de acuerdo al régimen de exclusiones contemplado en el Art. 28 de la Ley 26/2007.

¿Quién ha de presentar el ARMA?

Debido a un cambio normativo reciente, estipulado en la Ley 7/2022, de 8 de abril , de Residuos y Suelos Contaminados para una economía circular, aquellas actividades que también se consideren productores de residuos peligrosos con una capacidad de producción superior a 10 t/año están obligadas a evaluar la necesidad de constituir una garantía financiera que cubra las responsabilidades que pueda tener la actividad.
Si este es vuestro caso, desde DEKRA Industrial os acompañamos en todo el requerimiento para determinar la obligatoriedad o no de constituir la garantía financiera contemplada en la Ley 7/2022.

¿Quién se ve afectado?

  • Aquellas actividades contempladas en el Anexo III de la Ley 26/2007, de 23 de octubre, de Responsabilidad Ambiental.

¿Con qué periodicidad he de renovar el ARMA?

De acuerdo al Art. 34 del Real Decreto 183/2015 , el ARMA es válido de forma indefinida, siempre y cuando la actividad no realice ninguna modificación substancial.
En caso de se produzca una modificación substancial, el operador está obligado a recalcular el ARMA y este volverá a ser válido de forma indefinida hasta el siguiente cambio substancial,

Sanciones fuera de plazo

El Análisis de Riesgos Medioambientales se ha de realizar de forma obligatoria antes de las fechas indicadas. La Ley 26/2007 de Responsabilidad Ambiental regula el régimen sancionador a su Art. 35-40, donde se prevé un catálogo de infracciones muy graves y otras de graves para aquellas actividades que no cumplan este requerimiento.
Desde los órganos administrativos correspondientes a la respectiva CCAA deberían informarle de la obligatoriedad de realizar este ARMA, aunque es responsabilidad de la actividad la tramitación de este requerimiento normativo, ya que en algunas comunidades autónomas esta notificación puede llegar tarde o directamente la multa cuando ha pasado el plazo.
  • En caso de infracción grave: Multa de 10.001 hasta 50.000 euros y Suspensión de la autorización para un período máximo de un año.
  • En caso de infracción muy grave: Multa de 50.001 hasta 2.000.000 euros y Extinción de la autorización o la suspensión de esta para un periodo mínimo de un año y máximo de dos.

¿Por qué DEKRA?

DEKRA es una empresa de referencia en el sector de la seguridad ambiental, con más de 40 años de trayectoria en el sector del medio ambiente, y reconocida en el ámbito español como la primera empresa en dedicarse íntegramente al control de las diferentes áreas del medio ambiente.
Contamos con una dilatada experiencia en Análisis de Riesgos Medioambientales, y tiene un gran equipo de expertos que le acompañarán en todo el proceso. 
DEKRA Industrial es una organización con propósito: La Sostenibilidad.