Programa de Inspección Municipal

Servicio de apoyo a la ejecución de planes de inspección municipal

Prestamos servicios de inspección técnica de actividades económicas para Ayuntamientos que deben ejecutar sus planes de inspección y control de actividades sujetas a régimen de control posterior, de acuerdo con la normativa aplicable en Cataluña.

El servicio se orienta a la realización de inspecciones de establecimientos incluidos en el plan municipal aprobado por el Ayuntamiento, con el objetivo de verificar, de forma documentada e independiente, el grado de cumplimiento de los requisitos técnicos y normativos aplicables a cada actividad dentro del ámbito de competencia municipal.

Marco de actuación

La Llei 18/2020, de facilitación de la actividad económica, establece un modelo en el que muchas actividades económicas pueden iniciar su funcionamiento mediante comunicación o declaración responsable, quedando sujetas posteriormente a comprobación, inspección o verificación por parte de la Administración competente.
En este contexto, corresponde al Ayuntamiento:
    • Disponer de un censo de actividades actualizado.
    • Definir y aprobar el plan de inspección y control.
    • Establecer los criterios de priorización de las actividades a inspeccionar.
    • Determinar el número de inspecciones a realizar.
    • Seleccionar los establecimientos concretos incluidos en el programa anual.
    • Adoptar, en su caso, las actuaciones administrativas que correspondan a partir de los resultados de la inspección.
Intervenimos como entidad técnica colaboradora en la ejecución de las inspecciones que el Ayuntamiento decida encargar, siempre dentro del alcance contratado y de acuerdo con los criterios, prioridades y establecimientos definidos por la Administración local.

¿Qué aporta DEKRA Industrial?

Ponemos a disposición de los Ayuntamientos un equipo técnico especializado para realizar inspecciones de actividades económicas incluidas en sus planes municipales. La actuación se centra en comprobar la correspondencia entre la actividad implantada, la documentación disponible y los requisitos técnicos aplicables.
El servicio puede incluir, según el encargo municipal:
    • Revisión previa de la documentación facilitada por el Ayuntamiento.
    • Planificación operativa de las visitas asignadas.
    • Inspección técnica presencial del establecimiento.
    • Verificación de aspectos materiales relacionados con la actividad, dentro del alcance definido.
    • Identificación de posibles desviaciones, deficiencias o incumplimientos observados.
    • Elaboración de acta, informe técnico o documentación equivalente.
    • Soporte técnico al Ayuntamiento para la interpretación de los resultados de la inspección.
Este servicio no sustituye las competencias municipales ni determina por sí misma qué actividades deben inspeccionarse. La selección de actividades, la aprobación del plan, la priorización y las decisiones administrativas posteriores corresponden siempre al Ayuntamiento.

Alcance de las inspecciones

Las inspecciones se realizan sobre actividades económicas y establecimientos incluidos por el Ayuntamiento en su plan o programa de inspección. El alcance concreto de cada actuación debe quedar definido en el encargo o contrato correspondiente, teniendo en cuenta la normativa aplicable a la actividad, la documentación obrante en el expediente municipal y los criterios fijados por el propio Ayuntamiento.
Con carácter general, la inspección puede orientarse a verificar aspectos como:
    • Adecuación de la actividad al título, comunicación o documentación disponible.
    • Correspondencia entre la actividad real y la actividad comunicada.
    • Condiciones técnicas del establecimiento relacionadas con la actividad inspeccionada.
    • Cumplimiento de requisitos materiales exigibles según la normativa sectorial aplicable.
    • Existencia de modificaciones relevantes respecto a la documentación de referencia.
    • Detección de incidencias que puedan requerir valoración o actuación por parte del Ayuntamiento.

Un servicio técnico para facilitar la ejecución del plan municipal

La ejecución efectiva de los planes de inspección requiere medios técnicos, planificación, experiencia inspectora y capacidad de documentación. Desde DEKRA ayudamos a los Ayuntamientos a desarrollar esta fase operativa del plan, aportando independencia técnica, metodología de inspección y experiencia en control de actividades.
El resultado de cada actuación permite al Ayuntamiento disponer de información técnica objetiva para el seguimiento de su plan de inspección y para adoptar, si procede, las medidas administrativas que correspondan dentro de sus competencias.

¿A quién va dirigido?

Este servicio está dirigido a Ayuntamientos y administraciones locales que deban ejecutar planes de inspección y control de actividades económicas sujetas a régimen de control posterior y que necesiten apoyo técnico externo para realizar las inspecciones previstas en dichos planes.