Nueva era en las inspecciones de seguridad industrial contra incendios: así cambia el RSCIEI 2025

10 abr 2026Inspección Industrial

La entrada en vigor del nuevo Reglamento de Seguridad Contra Incendios en los Establecimientos Industriales (RSCIEI 2025) marca un antes y un después en las inspecciones de seguridad industrial contra incendios en España. El nuevo marco normativo introduce un criterio más homogéneo, refuerza el control técnico y aclara el régimen aplicable tanto a establecimientos industriales nuevos como existentes.

El principal cambio es claro: desaparece el sistema anterior de plazos variables y se establece una periodicidad única de 5 años para las inspecciones periódicas obligatorias. Esta medida supone una nueva etapa para la seguridad industrial contra incendios, con especial impacto en la planificación, el mantenimiento y el control documental de las instalaciones.
En Cataluña, además, la aplicación del nuevo reglamento se complementa con normativa propia y con la Nota Aclaridora NA-PCI 1/2025, publicada conjuntamente por la Direcció General d’Indústria y la Direcció General de Prevenció, Extinció d’Incendis i Salvaments, con el objetivo de unificar criterios y facilitar la transición al nuevo régimen.

Unificación de la periodicidad: inspección obligatoria cada 5 años

Uno de los cambios más relevantes del nuevo RSCIEI es la eliminación de la antigua distinción de plazos de inspección, que en el reglamento de 2004 podían ser de 2, 3 o 5 años en función del riesgo y del tipo de establecimiento.
Con el nuevo modelo, todos los establecimientos industriales sujetos al reglamento deberán pasar una inspección periódica cada 5 años.
Esta medida busca:
• simplificar la aplicación del reglamento,
• homogeneizar criterios de control,
• facilitar la planificación de las revisiones,
• y reforzar la trazabilidad del cumplimiento normativo.
Desde el punto de vista de la inspección de seguridad industrial, esta unificación aporta mayor claridad para titulares, técnicos competentes y organismos de control.

Fecha clave para establecimientos industriales existentes

Aunque el Real Decreto 164/2025 entró en vigor el 10 de mayo de 2025, el nuevo régimen de inspecciones periódicas pasa a ser obligatorio para todos los establecimientos industriales a partir del 10 de noviembre de 2025.
Esto implica que:
• Si el establecimiento ya cuenta con una inspección favorable, esta mantendrá su validez hasta la fecha de vencimiento originalmente prevista.
• La siguiente inspección ya deberá programarse con el nuevo criterio de 5 años.
• Los edificios anteriores a 2004 también quedan sujetos a inspección periódica cada 5 años, aunque en estos casos el alcance se limita a los sistemas de protección activa, siguiendo la metodología del RIPCI.
Este punto es especialmente importante para empresas con instalaciones antiguas, ya que amplía el control sobre edificios que históricamente podían quedar fuera de algunas obligaciones con el mismo nivel de exigencia.

Qué revisa una inspección de seguridad industrial contra incendios

La inspección de seguridad industrial contra incendios realizada por un organismo de control acreditado no se limita a una revisión superficial. Su finalidad es comprobar que el establecimiento mantiene las condiciones de seguridad exigibles y que no se han producido desviaciones relevantes respecto al proyecto o al nivel de riesgo declarado.
Durante la inspección se verifican, entre otros, los siguientes aspectos:

1. Cambios de actividad o aumentos de riesgo no declarados

Se comprueba que no se hayan producido modificaciones sustanciales en la actividad, en la ocupación, en los procesos o en la carga de fuego sin la correspondiente actualización documental o legalización.

2. Estado de la protección pasiva y activa

La revisión abarca tanto los elementos de protección pasiva como los sistemas de protección activa.
En protección pasiva se analiza, por ejemplo:
• la sectorización,
• la resistencia al fuego de estructuras y cerramientos,
• y las condiciones de compartimentación.
En protección activa se revisan elementos como:
• extintores,
• BIEs,
• sistemas de detección,
• rociadores,
• control de humos,
• y otros sistemas de extinción o alarma.
3. Documentación técnica y mantenimiento
También se verifica que la documentación esté actualizada y disponible:
• proyecto o documentación técnica registrada,
• certificados,
• actas de mantenimiento,
• contratos exigibles según RIPCI,
• y registros vinculados a la instalación.
Este punto es crítico, porque muchas incidencias no se deben solo al estado físico de la instalación, sino a deficiencias documentales o de mantenimiento.

Cataluña: particularidades clave en la aplicación del nuevo marco

En Cataluña, la seguridad industrial contra incendios se enmarca en una convivencia entre normativa estatal y normativa autonómica, especialmente el Decreto 192/2023 y las instrucciones técnicas aplicables.
La publicación de la Nota Aclaridora NA-PCI 1/2025 resulta especialmente relevante porque busca armonizar la aplicación del nuevo RSCIEI con el sistema catalán y aclarar cómo deben realizarse las inspecciones y controles preventivos en este periodo de transición.

Fin de la duplicidad de controles

Una de las novedades más destacadas para las empresas catalanas es la simplificación administrativa.

Los establecimientos industriales de riesgo alto que deban realizar la inspección inicial con un Organismo de Control (OC) en aplicación del nuevo RSCIEI ya no tendrán que tramitar adicionalmente el acto de comprobación con una ECI ante Bombers, evitando así una duplicidad de controles.
Esta medida reduce carga administrativa y agiliza la puesta en servicio, siempre que se cumplan los requisitos exigidos al personal técnico interviniente.

Requisito de personal técnico

Para que esa inspección inicial sea válida, el personal técnico del OC debe disponer de una certificación técnica de nivel avanzado expedida por el ISPC, con una antigüedad no superior a seis años.

Registro RITSIC

Plazos del régimen transitorio que conviene tener presentes

  • El nuevo escenario normativo obliga a tener muy claras varias fechas:
    • 10/05/2025: entrada en vigor del RD 164/2025.
    • 10/11/2025: fecha clave para la aplicación obligatoria del nuevo régimen de inspecciones periódicas cada 5 años y límite para determinados proyectos con licencia anterior que quieran acogerse a la normativa anterior.
    • 10/05/2029: fecha máxima para finalizar obras iniciadas bajo el régimen anterior.
    Para cualquier empresa industrial, controlar estos hitos es esencial para evitar errores de planificación o incumplimientos.

Consecuencias de los defectos detectados en la inspección

El nuevo marco refuerza la exigencia en la corrección de defectos. No basta con superar una revisión; también es imprescindible actuar con rapidez cuando se detectan incumplimientos.

Defectos leves

Deben corregirse antes de la siguiente inspección, aunque no suelen impedir de forma inmediata la continuidad de la actividad.

Defectos graves

El plazo máximo para subsanar es de 6 meses, con posible prórroga en determinados casos. Si no se corrigen dentro del plazo previsto, el acta puede pasar a ser negativa y comunicarse a la administración competente.

Defectos muy graves o críticos

Pueden implicar la parada inmediata de la instalación o del sector afectado y la comunicación urgente a la Generalitat.
Este punto muestra claramente que la inspección de seguridad industrial contra incendios no debe entenderse como un simple trámite, sino como un control real de seguridad con consecuencias operativas y regulatorias

Qué deben hacer ahora los titulares de establecimientos industriales

Ante este nuevo escenario, las empresas deben anticiparse y revisar cuanto antes su situación. Algunas acciones recomendables son:
• comprobar la fecha de la última inspección favorable,
• verificar si el establecimiento está afectado por el nuevo régimen a partir del 10 de noviembre de 2025,
• revisar el estado de los sistemas de protección activa y pasiva,
• mantener actualizada toda la documentación técnica y de mantenimiento,
• confirmar la correcta inscripción en registros aplicables,
• y planificar la próxima inspección con suficiente antelación.
La figura del titular cobra aquí una importancia central, ya que es el responsable de solicitar la inspección, mantener la documentación y garantizar que la instalación cumple con las condiciones exigibles.

Una nueva etapa para la seguridad industrial

La entrada en plena vigencia del nuevo RSCIEI 2025 supone una evolución importante en el ámbito de la seguridad industrial. La unificación de la periodicidad, la ampliación del control a ciertos edificios anteriores a 2004, el mayor rigor en la gestión de defectos y la coordinación normativa en Cataluña configuran un nuevo contexto más exigente, pero también más claro.
Para las empresas, esto implica una necesidad creciente de planificación, control documental y seguimiento técnico. Para los organismos de control y los profesionales del sector, supone un marco más uniforme para desarrollar las inspecciones de seguridad industrial contra incendios con criterios homogéneos y mayor seguridad jurídica.
En definitiva, el nuevo reglamento no solo cambia plazos: redefine la forma de entender la seguridad contra incendios en el entorno industrial.