(Propuesta Ómnibus – en tramitación)
La propuesta de simplificación de la CSRD reduce el alcance para concentrarlo en las empresas más grandes.
1) Empresas obligadas (reporting CSRD/ESRS)
Estarían obligadas solo las empresas (y grupos) que superen simultáneamente:
- > 1.000 empleados (promedio anual), y
- > 450 M€ de facturación neta (net turnover).
Esto aplica también a:
- Grupos: la matriz reporta de forma consolidada si el grupo supera ambos umbrales.
- Entidades financieras (bancos/aseguradoras): incluidas solo si cumplen los mismos umbrales (ya no por su naturaleza sectorial).
- Emisores en mercados regulados: mismo criterio de umbrales.
- Empresas de terceros países: si el grupo genera en la UE > 450 M€ y además tiene una filial o sucursal en la UE con > 200 M€ de facturación.
2) Calendario: ¿desde qué ejercicios?
- Ejercicios 2024–2026 (incluidos): se mantiene el “primer grupo” del calendario original (quienes ya estaban dentro).
- Ejercicios iniciados a partir del 1 de enero de 2027: solo reportarían las empresas que cumplan >1.000 empleados + >450 M€ (si no cumples, quedarías fuera desde ese ejercicio).
- Transitorio 2025–2026: los Estados miembros podrían eximir ya a empresas que no cumplan los nuevos umbrales durante esos ejercicios.
Nota práctica: “Ejercicio 2027” normalmente implica publicar el informe en 2028 (para la mayoría de compañías con año natural).
4) Si no estoy obligado: reporting voluntario y “límite cadena de valor”
La propuesta introduce un nuevo sistema de estándares voluntarios simplificados (VSME), basados en un lenguaje simplificado, modular, proporcional, reduciendo la carga de los reportes, pero proporcionando un marco para organizar y limitar la información que las grandes empresas pueden pedir a compañías de su cadena de valor.