¿Has recibido un Requerimiento del Ayuntamiento de Terrassa?
El Ayuntamiento de Terrassa está requiriendo a muchas actividades la presentación de controles periódicos e incluso controles iniciales pendientes para acreditar el cumplimiento normativo y mantener la actividad legalmente activa.
* Dependiendo del tipo de actividad, la Ley 20/2009 puede aplicar:
- Anexo II – Actividades sometidas a licencia ambiental (las actividades del Anexo II deben realizar controles periódicos ambientales durante 6 años)
- Anexo III – Actividades sometidas a comunicación previa ambiental.
Cómo te ayudamos
En DEKRA actuamos como Entidad Colaboradora de la Administración (ECA) y ayudamos a regularizar, inspeccionar y certificar actividades conforme a la normativa aplicable.
- Control periódico ambiental (Ley 20/2009) Control de actividades Anexo II y Control de actividades Anexo III (si aplica)
- Control inicial de actividades (Ley 20/2009)
- Control de actividades recreativas (Decreto 112/2010)
- Regularización de expedientes antiguos
- Revisión documental previa
- Emisión de actas y certificados
Debes actuar dentro del plazo indicado y tramitar el control con una ECA para evitar sanciones. Desde DEKRA te lo gestionamos.
Ley 20/2009 (Anexo II): cada 6 años.
Decreto 112/2010: Cada 4 años
Puedes enfrentarte a multas, expedientes sancionadores, caducidad de licencia o suspensión de actividad.
Podemos ayudarte a regularizar expedientes antiguos y cerrar correctamente la tramitación administrativa.
Licencia o comunicación ambiental, proyecto técnico, certificados técnicos e inspecciones sectoriales vigentes.
